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Ley de Ajuste Cubano

La Ley de Ajuste Cubano proporciona una vía especial para que ciertos ciudadanos cubanos que viven en los Estados Unidos soliciten el estatus de residente permanente legal (una tarjeta de residencia). La elegibilidad depende generalmente de cómo entró la persona en los Estados Unidos, cuánto tiempo ha estado presente físicamente y si cumple con otros requisitos de inmigración.

La Ley de Ajuste Cubano proporciona una vía especial para que ciertos ciudadanos cubanos que viven en los Estados Unidos soliciten el estatus de residente permanente legal (una tarjeta de residencia). La elegibilidad depende generalmente de cómo entró la persona en los Estados Unidos, cuánto tiempo ha estado presente físicamente y si cumple con otros requisitos de inmigración.

¿Quién puede calificar?

La Ley de Ajuste Cubano puede permitir que una persona nativa o ciudadana de Cuba solicite una tarjeta de residencia si fue inspeccionada y admitida o entró bajo permiso de permanencia temporal (parole) en los Estados Unidos después del 1 de enero de 1959, ha estado físicamente presente en los Estados Unidos durante al menos un año y cumple con los demás requisitos para el ajuste de estatus. La aprobación no es automática, y el historial de inmigración, los antecedentes penales, las solicitudes previas y otras circunstancias individuales pueden afectar a la elegibilidad.

Ciertos cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de un solicitante cubano que califique también pueden ser elegibles, incluso si no nacieron en Cuba o no son ciudadanos cubanos. Su elegibilidad depende generalmente de la relación familiar calificada y del cumplimiento de los requisitos de inmigración aplicables.

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Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Los casos de asilo afirmativo en la Oficina de Asilo de Miami pueden tardar entre uno y cinco años desde la presentación hasta la entrevista y la decisión, dependiendo del retraso de la oficina y de las prioridades políticas. El asilo defensivo en el Tribunal de Inmigración de Miami suele seguir el cronograma general de los casos de expulsión, que es de dos a cuatro años. Algunos casos avanzan más rápido bajo reglas de programación específicas.
No de inmediato. Según las normas actuales, puede solicitar la autorización de trabajo 150 días después de presentar el formulario I-589, y el USCIS suele emitir el EAD varios meses después de dicha solicitud. El plazo puede detenerse si usted causa retrasos en su propio caso. Una vez concedido el asilo, puede trabajar sin necesidad de un permiso independiente.
Aún podría calificar si un cambio en las circunstancias de su país de origen o circunstancias extraordinarias en su vida impidieron la presentación a tiempo. Incluso si no se aplica ninguna de las excepciones, puede calificar para la suspensión de la expulsión o la protección bajo la CAT, que no tienen un plazo de un año. Traiga su cronograma completo y sus documentos a la consulta para que podamos identificar qué vía funciona.
Sí. El asilo puede plantearse como defensa en un tribunal de inmigración. Se utiliza el mismo formulario I-589, pero se presenta ante el tribunal en lugar de ante el USCIS, y el juez (no un oficial de asilo) decide el caso. Si tiene una solicitud de asilo y se encuentra en un proceso de expulsión, el asilo es una de las formas de alivio más poderosas disponibles.
No debería hacerlo. El viaje al país del cual solicitó asilo puede tratarse como evidencia de que la solicitud por persecución no era genuina, lo que llevaría a la terminación del estatus de asilo. Viajar a otros países con un documento de viaje para refugiados suele estar bien, pero consulte antes de reservar. Una vez que sea ciudadano estadounidense, la restricción desaparece.